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Foto del escritorLuna Nogales Jiménez

¿Se pueden proteger las ideas? Tips legales para proteger tu idea de negocio

Es probable que alguna vez hayas tenido momentos de genialidad donde una idea increíble te golpea de la nada, ya sea sobre un modelo de negocio innovador o un producto que todavía no existe y nadie más ha pensado. 


Pero, entre la emoción de la creatividad y el deseo de proteger nuestra joya intelectual, surge una pregunta crucial: ¿es posible proteger una idea? Es precisamente en este punto donde se encuentra el dilema. 


En el artículo de hoy analizamos la posibilidad de patentar las ideas y los desafíos entre la frontera de la inspiración y la seguridad legal. Además, al final del post encontrarás una infografía resumen sobre la protección de las ideas. 


¿Se pueden proteger las ideas?


La respuesta corta es que no. Para que una idea pueda ser protegible es necesario que se haya materializado, es decir, que se haya expresado y exteriorizado en algún tipo de soporte. El soporte puede ser tangible, como el texto de un libro, o intangible, como una película. 


En otras palabras, las ideas no pueden protegerse como tal. En realidad, lo que se puede proteger son las formas concretas en que una idea se materializa y se convierte en un producto o servicio.


El límite a la protección de las ideas se establece para evitar obstaculizar el progreso cultural y científico, la innovación, creación, investigación, enseñanza y expresión, que podrían verse comprometidas de lo contrario.


Si las ideas pudieran protegerse antes de tomar forma, es probable que muchas invenciones nunca llegaran a materializarse debido a diversos obstáculos, como la falta de financiación o recursos por parte de quien originó la idea.


Es decir, una idea como tal no puede protegerse ni patentarse. Para proteger una idea es necesario expresarla y fijarla en algún tipo de soporte.

Cómo proteger una idea 


Si tu idea se materializa entonces puede protegerse, para lo que existen  diferentes vías.


  • Propiedad Industrial: marcas, patentes y diseños industriales.

  • Propiedad Intelectual (derechos de autor): obras literarias, artísticas y científicas.


Una de las formas para proteger una idea es materializarla en una invención que cumpla con los requisitos establecidos en la Ley de Patentes para poder ser registrada como patente o modelo industrial. 


El artículo 4 de esta normativa establece que son patentables las invenciones que sean nuevas, impliquen actividad inventiva y se puedan aplicar industrialmente. En esta línea, no se consideran invenciones


  • Los descubrimientos, las teorías científicas y los métodos matemáticos.

  • Las obras literarias, artísticas o cualquier otra creación estética, así como las obras científicas.

  • Los planes, reglas y métodos para el ejercicio de actividades intelectuales, para juegos o para actividades económico-comerciales, así como los programas de ordenadores.

  • Las formas de presentar informaciones.


Es decir, si tu idea se convierte en un invento que cumpla con los requisitos de patentabilidad, entonces puedes protegerla a través de la Propiedad Industrial. Asimismo, si tu idea se materializa en un diseño y cumple con los requisitos de la Ley del Diseño Industrial, entonces también cabe la posibilidad de protegerla por esta vía.


Del mismo modo sucede si la idea se convierte en una marca. Al materializar la idea a través de la creación de un logotipo, nombre o distintivo único, puedes solicitar su registro como marca siempre que se cumplan los requisitos de la Ley de Marcas. 


Este proceso brinda protección legal, otorgando exclusividad sobre esos elementos distintivos en el ámbito comercial. De esta manera, la marca se convierte en un vehículo efectivo para resguardar la esencia de tu idea y diferenciarla de otras en el mercado.


Otra de las vías para proteger una idea es a través de la Propiedad Intelectual (PI). El artículo 10 del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual dispone que se pueden proteger a través de la PI todas las creaciones originales literarias, artísticas o científicas expresadas por cualquier medio o soporte, tangible o intangible, actualmente conocido o que se invente en el futuro. 


Entre estas creaciones se encuentran:


  • Los libros, folletos, impresos, epistolarios, escritos, discursos y alocuciones, conferencias, informes forenses, explicaciones de cátedra y cualesquiera otras obras de la misma naturaleza.

  • Las composiciones musicales, con o sin letra.

  • Las obras dramáticas y dramático-musicales, las coreografías, las pantomimas y, en general, las obras teatrales.

  • Las obras cinematográficas y cualesquiera otras obras audiovisuales.

  • Las esculturas y las obras de pintura, dibujo, grabado, litografía y las historietas gráficas, tebeos o comics, así como sus ensayos o bocetos y las demás obras plásticas, sean o no aplicadas.

  • Los proyectos, planos, maquetas y diseños de obras arquitectónicas y de ingeniería.

  • Los gráficos, mapas y diseños relativos a la topografía, la geografía y, en general, a la ciencia.

  • Las obras fotográficas y las expresadas por procedimiento análogo a la fotografía.

  • Los programas de ordenador.

  • Las colecciones de obras ajenas, de datos o de otros elementos independientes como las antologías y las bases de datos (artículo 12).


Es decir, si tu idea se materializa en alguna de estas creaciones, entonces puedes protegerla a través de la Propiedad Intelectual.


¿Y las ideas materializadas en obras creadas a través de la Inteligencia Artificial (IA)? ¿Pueden protegerse? En nuestro artículo sobre a quién pertenecen las obras creadas a través de la IA analizamos esta cuestión en detalle. 


Cómo proteger ideas de negocio


La forma más común de proteger una idea de negocio, además de las vías recién analizadas, es a través del secreto empresarial. En este caso, la ley exige que:


  • La información sea secreta.

  • Tenga un valor comercial.

  • Haya sido objeto de medidas razonables para mantenerla en secreto.


Sin embargo, la normativa al respecto no especifica cuándo una medida se considera razonable. Por lo tanto, queda a cargo de las propias empresas y de los organismos de investigación determinar cuáles son las medidas razonables en cada caso. Esto debe tener en cuenta las características específicas de su organización y el tipo de información que se busca proteger.


En consecuencia, las ideas que se materialicen y se plasmen en información que pueda considerarse confidencial, que tenga valor comercial y esté respaldada por medidas de protección, también pueden estar amparadas por la Ley de Secretos Empresariales.


¿Se pueden proteger las ideas?

Cómo patentar una idea


Como adelantábamos, si una idea termina convirtiéndose en una invención existe la posibilidad de patentarla mediante una solicitud de patente, siempre y cuando cumpla con los criterios definidos en la Ley de Patentes.


En este contexto, es esencial cumplir con los requisitos de novedad, altura creativa y aplicabilidad industrial para que la idea pueda ser patentada, ya sea a nivel nacional o internacional.


Para saber si una idea está patentada primero hay que consultar la página web de la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM), que ofrece un servicio de búsqueda gratuito llamado INVENES. Este servicio facilita la localización de patentes relacionadas con la idea que se desea registrar. 


A nivel internacional, la Oficina Europea de Patentes (EPO) dispone de un buscador llamado ESPACENET, que posibilita búsquedas de patentes a nivel europeo.


Dónde patentar una idea


Existen diferentes formas de patentar una idea dependiendo del alcance geográfico que se desea obtener:


  1. Patentes nacionales: cada país otorga patentes de manera individual, lo que significa que la protección se limita al territorio nacional. En España, se pueden tramitar a través de la OEPM, como se explica en el próximo apartado.

  2. Patentes europeas: estas patentes son tramitadas por la EPO (Oficina Europea de Patentes) y ofrecen protección en los países miembros de la Unión Europea. Al obtener una patente europea, se puede proteger la idea en todos los estados miembros  sin tener que solicitar una patente nacional en cada uno de ellos.

  3. Patentes internacionales (PCT): estas patentes se rigen por el Tratado de Cooperación en materia de patentes y están disponibles en 152 países adheridos. Al obtener una patente PCT se extiende la protección a cualquiera de estos países. Las solicitudes internacionales PCT pueden presentarse por medios electrónicos en las Oficinas receptoras que acepten esta forma de presentación. La OMPI (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual - en inglés, WIPO) dispone de una herramienta web para ello, la ePCT-filing.


Cómo patentar ideas en España


El proceso para patentar ideas en España comienza con el  análisis formal y el pago de las tasas correspondientes, lo que establece la fecha de solicitud. 


Después, la OEPM lleva a cabo un análisis exhaustivo del estado de la técnica, identificando documentos relacionados con la tecnología en cuestión. Este análisis es seguido por un examen de fondo, donde se pueden realizar modificaciones en respuesta a observaciones del examinador. 


Finalmente, si se cumplen todos los requisitos se concede la patente con una protección de 20 años desde la solicitud y se publica la concesión, haciendo efectiva la patente.


Conclusiones


Las ideas no son protegibles como tal, sino que es necesario materializarlas de alguna forma, ya que lo que realmente se protege es la expresión de las ideas.


Esta forma de proceder se hace con el objetivo de no frenar el desarrollo en la creación e innovación, pues si las ideas pudieran protegerse sin llegar a materializarse es probable que muchas invenciones no se produjeran por diversos motivos, como la falta de recursos del "propietario" de la idea, por ejemplo.


Por lo que, sí, te pueden robar una idea sin ninguna consecuencia, a no ser que decidas trabajarla y materializarla en alguna de las opciones protegibles por las diversas vías analizadas. 


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